n un conjunto de apartamentos, los cuales tienen su parqueadero privado, ¿se pueden estacionar el vehículo, moto y bicicleta a la vez? teniendo en cuenta que los parqueaderos donde están ubicados están rodeados de zonas comunes con registros del gas, luz y áreas peatonales y, al parquear, obstruyen el paso y ponen en riesgo el edificio en caso de presentarse alguna eventualidad. ¿Existe alguna norma que indique que tan solo se puede estacionar un automotor?
Las normas que regulan la exigencia, dimensiones y ubicación de las zonas de estacionamiento, son las urbanísticas, y la entidad que verifica que cada inmueble cumpla con estas condiciones es la Curaduría Urbana o la Oficina de Planeación respectiva, que aprueba los planos y expide la licencia urbanística.
Es esta misma entidad, la que aprueba los documentos de propiedad horizontal que forman parte de la constitución de este régimen, que son el cuadro de áreas o proyecto de división y los planos de alinderamiento donde se determinan los bienes privados y comunes.